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SEGURO SOCIAL

Seguro Social: ¿Puedo cobrarlo estando en el extranjero? ¿Cómo?

¿Eres jubilado y necesitas pasar un tiempo fuera del país pero no sabes si puedes cobrar el Seguro Social en el extranjero? A continuación, te informamos.

Estados UnidosActualizado a
¿Eres beneficiario del Seguro Social? Así aumentarán los pagos en 2024
Getty Images

Mes con mes, la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) emite millones de pagos a los beneficiarios del seguro, de los cuales, alrededor de 65 millones corresponden a los estadounidenses jubilados.

Los pagos se emiten de manera automática a tu cuenta bancaria vinculada o se envían por correo a una dirección postal previamente registrada, pero ¿qué sucede cuando necesitas pasar un tiempo fuera del país? ¿Puedes cobrar los beneficios del Seguro aún estando en el extranjero?

La SSA califica como estadía en el extranjero cuando el beneficiario no está en uno de los 50 estados, el Distrito de Columbia (Washington, D. C.), Puerto Rico, las Islas Vírgenes de los EE.UU., en Guam, las Islas Marianas del Norte o en Samoa Americana por lo menos por 30 días consecutivos. Te consideramos ‘fuera de EE.UU.’ hasta que regreses y te quedes en los EE.UU. por lo menos 30 días consecutivos”.

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Seguro Social: ¿Puedo cobrarlo estando en el extranjero? ¿Cómo?

De acuerdo a la ley norteamericana, el país le permite a sus ciudadanos cobrar los beneficios del Seguro Social desde cualquier parte del mundo, a excepción de algunos casos.

Las personas que residan o viajen a Cuba o Corea del Norte, no pueden cobrar su dinero mientras están fuera de la Unión Americana. Esto significa que la SSA retendrá los pagos hasta que vuelvas a territorio norteamericano o algún otro país en donde esté autorizado efectuar los ingresos, siempre que seas ciudadano estadounidense, de lo contrario, sí se perderá tu pago.

Para los estadounidenses que vivan o viajen a Azerbaiyán, Bielorrusia, Kazajistán, Kirguistán, Moldavia, Tayikistán, Turkmenistán y Uzbekistán, pueden recibir sus pagos siempre que se presenten en persona en una embajada o consulado de Estados Unidos cada seis meses.

Para mayor información, comunícate con la Oficina de Ingresos y Operaciones Internacionales del Seguro Social al 410-965-0160.