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BARCELONA

Apelación no salva a Neymar: su Clásico en manos del TAD

El comité de la FEF desestima el recurso presentado por el Barça, que pedirá la suspensión cautelar a la última instancia.

Neymar, en el momento de ser expulsado en Málaga.
Neymar, en el momento de ser expulsado en Málaga.AFP
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El Comité de Apelación de la Federación Española de Fútbol ha desestimado este jueves el recurso presentado por el Barcelona contra la sanción de tres partidos de suspensión a Neymar y mantiene por tanto el castigo que le impuso el Comité de Competición la pasada semana (un partido de suspensión por la doble tarjeta amarilla que vio en el partido frente al Málaga y dos más por aplaudir, cuando ya estaba en la banda, al cuarto árbitro del encuentro).

La estrategia judicial del club azulgrana, que ha agotado los 10 días que tenía para apelar (ha registrado este mismo jueves sus alegaciones), pasa ahora por pedir al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) la suspensión cautelar del castigo.

Si el TAD, que se reúne este viernes, le concede esa suspensión cautelar a la espera de entrar en el fondo del asunto, Neymar podría jugar el Clásico del próximo domingo. En caso contrario, el brasileño cumpliría en el Bernabéu el segundo de sus tres partidos de castigo (el primero ya lo cumplió la pasada jornada contra la Real Sociedad).

El Barcelona, que combate los dos partidos de suspensión impuestos por el gesto despectivo al auxiliar del colegiado Gil Manzano, que Neymar no protestó la decisión y que en ningún momento el aplauso fue para el cuarto árbitro porque este “no había adoptado decisión alguna ni cabía entenderlo como una reacción personal hacia él mismo”.

En su escrito, el Barça mostró su "preocupación por la clara e inaceptable prsión por parte de algunos medios de comunicación, a efectos de impedir que este Comité pueda resolver con razonabilidad la cuestión planteada, al existir un inequívoco interés en la opinión pública al efecto de que el jugador no pudiera disputar el encuentro correspondiente al clásico”.

Competición desestimó las alegaciones al entender que el Barça no presentó ninguna prueba, “ni videográfica ni de ningún otro tipo”, que apoyara su versión de los hechos y desvirtuara el acta arbitral.

En la resolución de Apelación se señala que "los aplausos solo pueden entenderse como protesta y desaprobación, que el árbitro aclara en el acta que se hizo al cuarto árbitro. Si los aplausos son signo lógico de la desaprobación de un jugador hacia una medida arbitral –y ello no lo discute el propio recurrente-, y el árbitro, redactor y fedatario del acta, afirma que se dirigieron al cuarto árbitro, sin que se haya probado nada en contra, es forzoso concluir que el recurso debe ser desestimado".

Apelación recuerda que aplica la misma doctrina que con Cristiano Ronaldo en 2014. Entonces el portugués fue sancionado con un partido por un manotazo a Iturraspe y con dos por llevarse a la cara mirando hacia el colegiado de aquel Athletic-Real Madrid. El TAD desatendió entonces la petición de suspensión cautelar del club blanco.