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NBA

Ja Morant enfrentaría suspensión de 50 partidos

La NBA está investigando como es que Ja Morant obtuvo la arma con la que el base de los Memphis Grizzlies apareció en el video.

Estados Unidos
ORLANDO, FLORIDA - FEBRUARY 05: Ja Morant #12 of the Memphis Grizzlies looks on during a game against the Orlando Magic at Amway Center on February 05, 2022 in Orlando, Florida. NOTE TO USER: User expressly acknowledges and agrees that, by downloading and or using this photograph, User is consenting to the terms and conditions of the Getty Images License Agreement.   Mike Ehrmann/Getty Images/AFP
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Mike EhrmannAFP

El caso de Ja Morant es investigado por la NBA y la policía de Glendale, Colorado. Ahora sabemos un poco más sobre la posible sanción que recibiría el base de los Memphis Grizzlies por usar un arma de fuego en un vídeo de Instagram.

Durante el último episodio del pódcast This League Uncut, el periodista Marc Stein señaló que el contrato colectivo de trabajo de la NBA (CBA, por sus siglas en inglés) indica que tener un arma de fuego en las inmediaciones del equipo es una suspensión automática de 50 partidos.

Debido a ello, la liga está tratando de confirmar cómo es que el base de los Grizzlies obtuvo la arma mostrada en el video de Instagram tras la derrota contra los Denver Nuggets de la semana pasada.

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Qué dice el CBA de la NB A sobre las armas

En el Artículo VI del CBA de 2017 se habla sobre la conducta de los jugadores y la sección 9 trata específicamente, en el primer apartado, sobre la prohibición de armas en posesión de los jugadores en las instalaciones de la liga y de los equipos. En el caso de Morant, el avión de los Grizzlies contaría como parte de las instalaciones.

El segundo apartado indica que en caso de que los jugadores posean un arma deben notificar al equipo antes del inicio de la temporada. Los jugadores deben presentar su licencia y registro.

El tercer apartado indica que en caso de violar alguno de los primeros dos, el jugador será acreedor a disciplina por parte de la NBA con base en el Articulo 35 (d) de la constitución y estatutos de la liga, el cual señala que el comisionado tiene el poder de suspender a un individuo de manera definida o indefinida si considera que su conducta es dañina para los intereses de la liga.