Todos los detalles del nuevo programa de ingreso a Estados Unidos de inmigrantes ecuatorianos
Aquí todos los detalles del nuevo programa de permiso de reunificación familiar para determinados nacionales de Ecuador.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció esta semana un nuevo proceso de permiso de reunificación familiar para determinados nacionales de Ecuador.
“Los procesos de permisos humanitarios de reunificación familiar promueven la unidad familiar y forman parte de las medidas globales [...] para crear las condiciones para una migración segura, ordenada, humana y regular”, señaló el DHS en un comunicado.
Todos los detalles del nuevo programa de ingreso a Estados Unidos de inmigrantes ecuatorianos
Este nuevo proceso está destinado para determinados ecuatorianos cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales con una aprobación para reunirse con sus familiares en Estados Unidos.
Estos son los requisitos para el programa
Los ecuatorianos que son beneficiarios de un Formulario I-130 ( Petición de Familiar Extranjero) aprobado pueden ser elegibles para ser considerados para el permiso humanitario bajo el nuevo proceso anunciado por el DHS.
Los beneficiarios cualificados deben estar fuera de Estados Unidos, cumplir todos los requisitos, incluidos los de verificación e investigación de antecedentes y médicos, y no haber recibido una visa de inmigrante.
Además, para obtener el permiso, se deben demostrar razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.
Aquí todo lo que debes saber del Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero.
Así comienza el proceso de reunificación familiar
Para obtener el Permiso Humanitario de Reunificación Familiar, el familiar ciudadano estadounidense o residente permanente legal peticionario, cuyo Formulario I-130 en nombre de un beneficiario ecuatoriano ha sido aprobado, debe recibir una invitación del Departamento de Estado.
Los beneficiarios pueden ser determinados hijos y hermanos de ciudadanos estadounidenses y determinados cónyuges e hijos de residentes permanentes legales.
Una vez otorgada la invitación, el familiar peticionario puede iniciar el proceso mediante la presentación de una solicitud en nombre del beneficiario y de los familiares elegibles para ser considerados para la autorización del permiso humanitario.
Las personas podrán obtener un permiso de permanencia temporal hasta un máximo de tres años y pueden ser elegibles para solicitar autorización de empleo mientras esperan que su visa de inmigrante esté disponible. Cuando su visa de inmigrante esté disponible, podrán solicitar la residencia permanente legal o green card.
De acuerdo con el DHS, la notificación del Registro Federal para este proceso se publicará pronto, así como la información detallada sobre el proceso de solicitud y los criterios de elegibilidad.