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Ley de los Diez Años para la legalización de inmigrantes: lo que debes saber

Los inmigrantes ilegales podrán obtener la Green Card en caso de llevar más de una década en Estados Unidos. Sin embargo, este método requiere ciertos requisitos.

Actualizado a
Demócratas en el Congreso siguen buscando alternativas para ayudar a los indocumentados. La más reciente: otorgar un permiso de trabajo, pero sin green card.
John MooreGetty Images

Miles de inmigrantes llegan a Estados Unidos cada año con la idea de tener un futuro digno. Ya sea a través de la vía legal (como visas de turistas que terminan por hacerse de larga duración) o ilegal (traspasando la frontera a pie, como en México) el sueño de toda persona es poder terminar convirtiéndose en un ciudadano en regla. Para ello, el gobierno del país puso en marcha una iniciativa llamada coloquialmente como Ley de los 10 años donde los inmigrantes que hayan residido en suelo americano durante una década podrán obtener la tan ansiada Green Card. Sin embargo, para poder obtenerla antes deberás pasar una serie de requisitos clave.

Según indica la Oficina de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) existen ciertas excepciones por las que un inmigrante ilegal podría conseguir un permiso de residencia para librarse de la deportación. En caso de que las personas que se encuentren en pleno proceso de retorno a su país de origen por haber sido encontradas indocumentadas, estas pueden llegar a protegerse si logran demostrar haber estado residiendo en el país durante al menos una década.

Ahora bien, no todas las personas logran obtener un saldo positivo de esta medida luego de que las pruebas concluyentes no hayan logrado pasar el visto bueno del juez de inmigración. Entre los requisitos que se buscan se encuentran el “haber sido valioso para la comunidad para la que reside”. Es decir, ser un integrante valioso moralmente hablando de la ciudad o pueblo en el que habite.

Junto a ese caso, existe otro requisito que puede llevar la balanza a su favor de manera más notoria, demostrar estar a cargo de otro sujeto que, en caso de darse la deportación, no podría sustentarse por él mismo. Este caso es más complicado ya que no protege a la persona de la deportación, si no al tercer implicado del abandono y solo en casos de extrema necesidad como estar bajo tratamiento, discapacidades o vejez. “No se permitirá la deportación si su cónyuge ciudadano estadounidense o permanente legal, padre o hijo sufriría dificultades excepcionales y extremadamente inusuales si se le ordenara abandonar el Estados Unidos”, aclara la EOIR.