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Migración

¿Cuánto debe pagar un patrocinador de parole humanitario?

El DHS ha reanudado las Autorizaciones Anticipadas de Viaje (ATA) en el proceso de permisos de permanencia temporal o parole.

El DHS ha reanudado las Autorizaciones Anticipadas de Viaje (ATA) en el proceso de permisos de permanencia temporal o parole.
Jose Luis GonzalezREUTERS

El pasado 29 de agosto, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) compartió un aviso para anunciar que se reanudaría el procesamiento de las Autorizaciones Anticipadas de Viaje (ATA) en los procesos de permiso de viaje, también conocido como parole humanitario, para ciertos ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela.

Las personas elegibles de estos países ahora pueden presentar nuevas solicitudes después de que el DHS pausara previamente el programa de permiso de viaje debido a una investigación sobre solicitudes fraudulentas.

Por otro lado, los posibles beneficiarios de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela que presentaron sus solicitudes antes de la pausa, deben continuar monitoreando su cuenta myUSCIS del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) para obtener información actualizada sobre sus ATA. Las personas con una ATA válida y vigente pueden viajar.

¿Qué es un permiso de permanencia temporal y cuánto debe pagar un patrocinador?

Este programa permite a los ciudadanos de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela solicitar entrada legal y autorización de trabajo temporal en los Estados Unidos con el apoyo de un patrocinador, quienes deben garantizar que pueden apoyar económicamente a los inmigrantes una vez que lleguen.

De acuerdo con el portal web del USCIS, los patrocinadores con sede en los Estados Unidos deben presentar una solicitud en línea en nombre de un beneficiario designado, presentando un Formulario I-134A al USCIS para cada beneficiario, incluidos los niños menores.

El USCIS aclara que no se requiere el pago de una tarifa para presentar el Formulario I-134A. Por otro lado, no hay un monto específico que el USCIS solicita que un patrocinador tenga para poder otorgar el parole a un inmigrante. Sin embargo, la agencia examina a cada patrocinador para garantizar que pueda apoyar económicamente al beneficiario al que acepta apoyar.

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Para actuar como patrocinador, una persona debe:

  • Ser ciudadano, nacional o residente permanente legal de los Estados Unidos, tener un estatus legal en los Estados Unidos, como el Estatus de Protección Temporal o asilo o ser una persona en libertad condicional o receptor de acción diferida o salida forzosa diferida;
  • Pasar la verificación de seguridad y antecedentes.
  • Demostrar recursos financieros suficientes para recibir, mantener y apoyar a la persona a la que se comprometen a apoyar durante la duración de su período de libertad condicional.

Los partidarios que presenten el Formulario I-134A en nombre de un beneficiario conforme a estos procesos deben estar dispuestos y ser capaces de recibir, mantener y apoyar al beneficiario. Estos compromisos incluyen:

  • Recibir al beneficiario a su llegada a los Estados Unidos y transportarlo a su alojamiento inicial.
  • Asegurarse de que el beneficiario tenga un alojamiento seguro y adecuado durante la duración de su libertad condicional y de que cuente con las necesidades básicas iniciales.
  • Ayudar al beneficiario a completar los trámites necesarios, como la autorización de empleo, la tarjeta de Seguro Social y los servicios para los que pueda ser elegible.
  • Asegurarse de que se satisfagan las necesidades médicas y de atención sanitaria del beneficiario durante la duración de la libertad condicional.
  • Según corresponda, ayudar al beneficiario a acceder a la educación, aprender inglés, conseguir empleo e inscribir a los niños en la escuela.

Para más información, visita el portal web del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).

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