Seguro Social: ¿Puedo perder el beneficio si me caso?¿Por qué motivos?
Al cambiar tu estado civil puedes perder los beneficios del Seguro Social. A continuación, por qué motivos puedes perder los pagos si te casas.
Mes con mes la Administración del Seguro Social (SSA, por sus siglas en inglés) emite millones de pagos a los beneficiarios del Programa, que en su mayoría son trabajadores jubilados o personas de escasos recursos con algún tipo de discapacidad.
Sea cual sea el caso, los beneficiarios del Seguro Social tienen la obligación de informar sobre su estado civil a la Administración y mantenerlo actualizado cuando este cambie; por ejemplo, si te casas; de lo contrario, podrías perder los beneficios y a continuación te explicamos por qué.
Seguro Social: ¿Puedo perder el beneficio si me caso?¿Por qué motivos?
Unir lazos matrimoniales con otra persona tiene implicaciones en tu situación financiera. Por ello, es de suma importancia que informes a la SSA de cualquier cambio de estatus, especialmente si este afecta a tu dirección postal o a tu nombre.
La SSA te da un plazo de 10 días después del fin de mes en el que te casaste para informar sobre el cambio. Si no lo haces, tendrás que atenerte a una multa o, incluso, a perder los beneficios.
Informar cualquier cambio ayudará a la Administración a seguir identificándote, de lo contrario puede que no recibas tus beneficios ya que estos podrían haberse quedado a otro nombre - tu nombre de soltero - o se enviaron a otra dirección postal.
En caso de que tu situación financiera cambie a consecuencia del matrimonio y recibas pagos en exceso, todos tendrán que ser devueltos a la SSA; además, la Administración se reserva el derecho de quitarte los pagos siguientes. En cualquiera de las situaciones te arriesgas a recibir suspensiones de pagos desde seis hasta 12 o 24 meses como multa.
Si recientemente contrajiste matrimonio y no lo has informado a la SSA, deberás tener en cuenta que, al hacerlo, la Administración te solicitará un certificado. En caso de que no cuentes con él, puedes presentar una declaración certificada de un registro religioso o un registro extranjero si te casaste fuera del país.